Con el propósito de  fortalecer las haciendas y acciones recaudatorias de los municipios que integran al estado los diputados locales acordaron reformar y derogar diversas disposiciones de la ley de hacienda para los 84 municipios, informó el legislador local Reinaldo Pérez Soni.

En tribuna el diputado local  señalo que la Iniciativa busca fincar las bases legales que establezca  los  derechos y obligaciones tanto para la autoridad municipal recaudadora como a los ciudadanos a fin de dar certeza legal sobre lo relativo al pago del Impuesto Sobre Traslación de Dominio  y otras operaciones sobre bienes inmuebles.

Añadió que con esta  Iniciativa pretende que los contratos privados que se celebren sobre bienes inmuebles que no exceda su valor de 365 días de salario mínimo vigente en el lugar en que se ubique dicho bien, conforme al avalúo practicado, así como la constitución de gravámenes reales o su transmisión, podrán hacerse constar por escrito, en documento que firmen los contratantes ante dos testigos y debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, para posteriormente ratificar sus firmas ante Notario Público».

Pérez Soni, manifestó que no se trata de otorgar más facultades a los municipios para intervenir en este tipo de aspectos oficiales y legales sin que solamente se  pretende poner en marcha los mecanismos para una mejor recaudación de recursos en los municipios y apoyar a la economía de las familias con la disminución de los tiempos de trámites en  casos como el traslado de dominio entre familiares o particulares.

Aseguró que antes los  tiempos no estaban determinados en la legislación y podían pasar días, semanas y hasta meses y no se concretaba nada, y con estos cambios de lo que estamos hablando, es que en 15 días hábiles que a partir de quien haga el trámite de una escrituración hace la liquidación de la  escritura, para que esa recaudación fortalezca a las haciendas de los municipios».

En la misma sesión la sesión ordinaria los diputados acordaron emitir un exhorto al titular del Poder Ejecutivo y al Secretario de Educación Pública del estado, para que auditen y evalúen la operación de los programas federales que inciden en el desarrollo de la educación básica.

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