• Con la publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo los comercios tienen 180 días naturales para la eliminación de estos

A partir de este lunes 15 de abril, entró en vigor las modificaciones realizadas a la Ley de Prevención y Gestión Integral de Residuos del Estado de Hidalgo, aprobada por unanimidad el pasado 19 de marzo de 2019 por integrantes de la LXIV Legislatura del Congreso de la entidad, con la publicación del decreto 178 en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

Actualizaciones que marcan que los establecimientos comerciales que, a título gratuito u oneroso, en supermercados, en tiendas departamentales, de autoservicio, de conveniencia, farmacias, mercados, centrales de abasto, tianguis, comercios en general y establecimientos donde se comercialicen alimentos y bebidas, contarán 180 días naturales para la eliminación definitiva de los productos de plástico de un solo uso descartable.

Ante lo anterior, y de acuerdo al artículo 44 BIS de la mencionada ley, los establecimientos y comercios a que se refiere la fracción XVI del artículo anterior, deberán incentivar y brindar facilidades al público para llevar sus propias bolsas reutilizables o bien otros elementos que no sean de un solo uso tales como: bolsas de tela, canastas, redes, u otras hechas de material reutilizable, para fines de envoltura, transportación, carga o traslado de productos o mercancías.

De la misma forma, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo (Semarnath) deberá establecer un programa ambiental, en coordinación con el Estado, en el que se dé difusión al perjuicio y deterioro que causan las bolsas y popotes de plástico, a fin de promover la conciencia ecológica o informar a la ciudadanía sobre las posibles alternativas de sustitución de estos.

Asimismo, deberá de vigilar el cumplimiento de las disposiciones de regulación del uso de plásticos de un solo uso descartables y sancionar en caso de incumplimiento, de acuerdo con lo establecido en la legislación correspondiente.

Igualmente, esa dependencia estatal deberá implementar políticas públicas encaminadas a la reducción y posterior eliminación de materiales plásticos de un solo uso descartables, buscando alternativas que impulsen su sustitución definitiva por productos elaborados con materiales que sean biodegradables y reduzcan o eliminen el impacto ambiental por el uso de esos productos.

Las actualizaciones que hoy entran en vigor son la reforma a la fracción IV del artículo 5; inciso a) de la fracción I del artículo 6; y fracción XVI del artículo 44; así como la adición a la fracción VI Bis al artículo 4; las fracciones VI, VII, VIII y IX al artículo 5; incisos b) y c) a la fracción I del artículo 6; y el artículo 44 Bis, a la Ley de Prevención y Gestión Integral de Residuos del Estado de Hidalgo.

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