
La LXI legislatura local aprobaron la iniciativa con proyecto de decreto para prevenir y eliminar la tortura y abusos de autoridad
Los legisladores locales que integran la LXI legislatura local aprobaron por mayoría de votos la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la denominación del capítulo I del título décimo Octavo al Código Penal del estado para prevenir y eliminar la tortura y abusos de autoridad.
En la exposición de motivos en tribuna, los diputados locales de las primeras Comisiones Conjuntas de legislación y Puntos Constitucionales y de Seguridad Pública y Justicia, entre ellos Juan Manuel Camacho Bertrán, Julio César Estrada Basurto, Severo Baustista Osorio, Hemeregilda Estrada Díaz y Oscar Damián Sosa Castelán, destacaron la importancia de proteger y garantizar los derechos humanos de la población
“Es de vital importancia hacer evidente que el estado de derecho descansa en el irrestricto respeto a la integridad de las personas, pues es obligación intransferible del poder público, ofrecer a las y los ciudadanos la seguridad que les permita vivir en sociedad, que preserve las libertades y que garantice la igualdad jurídica, como requisitos para mantener la paz y la armonía social”.
Manifestaron que con la aprobación de estos cambios el Gobierno del estado a través de sus dependencias, en el marco del cumplimiento de esta Ley y la protección de los derechos humanos, implementará programas permanentes y establecerá procedimientos para prevenir y combatir la tortura y el abuso de autoridad por uso excesivo de la fuerza.
“También deberá llevar a cabo programas de capacitación, formación y concientización de los servidores públicos, en el respeto a los derechos humanos y solución no violenta de conflictos, de los efectos nocivos que generan los actos de abuso de autoridad, las obligaciones en su actuar entre otros temas que incidan en la prevención y erradicación de este tipo de conductas”.
De las penas, señalaron que al servidor público que en ejercicio de sus funciones o aduciendo su encargo, por sí o a través de un tercero, ordene, instigue o induzca para infligir a una persona dolores o sufrimientos graves sean físicos o mentales, con el fin de obtener del torturado o de un tercero, información o una confesión, se le impondrá prisión de tres a doce años y multa de 200 a 500 días, privación de su cargo e inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos hasta por el máximo de la punibilidad señalada.
“Aunque los métodos empleados no causen dolor físico o angustia psíquica, se le impondrá al servidor público sanción de prisión de tres a doce años y multa de 200 a 500 días de salario”. Juan Manuel Camacho Bertrán, diputado local.
A decir de los legisladores el responsable del delito de tortura o abuso de autoridad por uso excesivo de la fuerza, estará obligado a cubrir los gastos de atención médica y/o psicológica, rehabilitación, asesoría legal, servicio funerario o de cualquier otra índole, que haya erogado la víctima o sus familiares.