EL diputado José Luis Espinosa Silva, integrante de grupo legislativo del PRI (GLPRI), presentó ante el Pleno de la LXIV Legislatura, una iniciativa que reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial del estado de Hidalgo que garantice que el uso de la tecnología favorezca a la ciudadanía que litiga procesos judiciales.

Espinosa Silva explicó que los procesos judiciales han sufrido alteraciones debido a la pandemia de la Covid19 y por tanto, las personas usuarias padecen afectaciones a sus derechos debido a la falta de celeridad en la normatividad procesal de cada materia.

Ante tal escenario, destacó Espinosa Silva, “es indispensable establecer medidas que permitan que la actividad en juicios y procedimientos judiciales se pueda llevar a cabo con observancia del derecho al acceso a la justicia a la vez que, con respeto al derecho a la salud, lo que implica que se adopten medidas oportunas y eficientes para conseguir lo anterior”.

Así, expuso,  “los desarrollos tecnológicos en el campo de la comunicación y la información constituyen herramientas que facilita varios aspectos de la vida, entre ellos la prestación de los servicios públicos, como lo es la impartición de justicia, los cuales pueden ser empleados a fin de lograr que las actuaciones procesales puedan desarrollarse con apego a derecho a través de prácticas que faciliten las comunicaciones procesales en tanto que no exijan a la presencia directa en órganos jurisdiccionales”.

El legislador priista precisó que “también debemos observar y considerar las medidas prescritas por las autoridades sanitarias federales y estatales para enfrentar la epidemia por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), especialmente, las relativas al distanciamiento social y el seguimiento de medidas para asegurar la continuidad de las actividades catalogadas como esenciales, como lo es la impartición de justicia”.

De este modo, abundó el diputado del GLPRI, “el uso de tecnologías de la comunicación permite que actuaciones como la práctica de notificaciones se puedan hacer a través de medios electrónicos, lo cual es posible y jurídicamente permisible, con la sola condición de que respeten las formalidades legales y observen las finalidades previstas en las normas procesales”.

“Así es posible que, no solo en la materia penal, en donde existen disposiciones expresas que favorecen el uso de medios electrónicos en las actuaciones judiciales, sino en todas las materias, en la medida de que la legislación permita el uso de medios electrónicos para ciertas actuaciones, para así lograr mejorar las condiciones al acceso a la justicia, agilizar las labores judiciales, facilitar las actuaciones de justiciables y abonar a las medidas de sanidad actuales”.

Debido a ello, señaló Espinosa Silva, “se propone un sistema de notificaciones electrónicas, por lo que se proponen lineamientos administrativos que permitan su operación cierta y organizada, para que se tenga la certidumbre de que dichas notificaciones disponen de un medio tecnológico oficial y seguro, que garantice que una comunicación electrónica se haga con eficiencia y que se asegure que se cumplen las formalidades y finalidades que exija la normatividad procesal de cada materia”.

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