Los legisladores locales Iniciativa de Decreto que modifica la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo, a efecto de que las facultades de programación de la Secretaría de Finanzas y Administración, se transfieran a la Secretaría de Planeación, Desarrollo Regional y Metropolitano.
En tribuna los diputados de las diferentes fracciones parlamentarias que integran la primera Comisión Permanente de de Legislación y Puntos Constitucionales, entre ellos Juan Francisco Mendoza Guerrero, Francisco Javier Pérez Salinas, Christian Pulido, expusieron que el propósito de los cambios es de garantizar el cumplimiento eficaz y ordenado de los objetivos y retos que plantea el Plan Estatal de Desarrollo 2011 – 2016 en materia de racionalidad y modernización de la Administración Pública.
Señalaron que los cambios son especialmente en lo que corresponde a un manejo más eficiente de los recursos públicos, la presente administración asume la delicada responsabilidad de “actualizar el marco normativo y reglamentario de la administración pública (Central) y paraestatal, a fin de mejorar su estructura y funcionamiento.
Manifestaron que la propuesta fue enviada mediante oficio con fecha 20 de junio de 2012, por el secretario de gobierno Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, con el que anexó la Iniciativa de Decreto que modifica la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo, a efecto de que las facultades de programación de la Secretaría de Finanzas y Administración, se transfieran a la Secretaría de Planeación, Desarrollo Regional y Metropolitano.
Consideraron que resulta indispensable, que ante las nuevas circunstancias y derroteros que asume la función pública y el entorno económico nacional e internacional, realizar un ejercicio de actualización institucional que bajo un enfoque lógico y normativo, ordene y direccione la nueva propuesta de responsabilidades públicas que promueve el Plan Estatal de Desarrollo 2011 – 2016”.
Al mismo tiempo acordaron que en los casos en que, de conformidad con el presente ordenamiento, pasen a Dependencias del Poder Ejecutivo del Estado, atribuciones que los preceptos derogados otorgaban a otras Dependencias u órganos, deberá hacerse en consecuencia, el traspaso y readscripción de las unidades o áreas administrativas respectivas, incluyendo el personal adscrito a las mismas, las partidas presupuestales conducentes, el mobiliario, archivos y equipo en general.
“La readscripción de personal, en ninguna forma afectarán los derechos laborales que hubieren adquirido con la Administración Pública del Estado, ya que si de algún modo se estimaren afectados sus derechos, se dará intervención a las Secretarías de Gobierno, de Finanzas y Administración y a la organización sindical correspondiente, para su atención”.