• El Acuerdo instruye a la SEMOT para que lleve a cabo el procedimiento y acciones necesarias para la emisión, actualización y establecimiento de las tarifas, matrices y pirámides tarifarias del transporte público
  • La  revisión, actualización y establecimiento de las tarifas tiene como finalidad generar un impacto social positivo, garantizando los derechos de los usuarios ante los servicios del transporte público en la Entidad y la eficiencia en la operación

Este martes, el Gobierno del Estado de Hidalgo publicó en el Periódico Oficial, el Acuerdo que Establece las Bases Generales de Regulación Tarifaria de los Servicios de Transporte Público en la entidad. Mediante éste se instruye a la Secretaría de Movilidad y Transporte estatal (SEMOT), para que en el ámbito de sus funciones lleve a cabo el procedimiento y acciones necesarias para la emisión, actualización y establecimiento de las tarifas, matrices y pirámides tarifarias del transporte público.

El Acuerdo establece, se vigile que la SEMOT deba ajustar, actualizar y emitir las tarifas, matrices y pirámides tarifarias del transporte público en sus diversas modalidades, de conformidad con la legislación vigente.

Todos aquellos concesionarios del transporte público que estén interesados en la emisión o actualización de sus tarifas de transporte, deberán de presentar su solicitud respectiva al Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo (STCH), dentro de los 10 días hábiles posteriores a la emisión de dicho Acuerdo. La solicitud deberá contener lo siguiente:

I.-           La Autoridad a la que se dirige;

II.-          El nombre del interesado y la manifestación de actuar por propio derecho o en representación de alguna persona, en el segundo caso deberá acreditarlo con el documento idóneo;

III.-         El domicilio que señale para oír y recibir notificaciones, que necesariamente deberá ser dentro de la jurisdicción del Municipio de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo;

IV.-        La descripción clara y sucinta, de los hechos en los que apoye su petición;

 V.-         Los elementos que ofrezca para acreditar su petición;

VI.-        La justificación de la petición del incremento, ajuste o emisión de la tarifa y

VII.-       El lugar, la fecha, la firma y rúbrica del peticionario o de su representante legal. Para el caso del Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo (SITMAH), deberá presentar su solicitud y propuesta ante la Secretaría de Movilidad y Transporte, dentro del mismo plazo y cumpliendo en lo aplicable los requisitos antes señalados.

Tanto el STCH como la propia Secretaría (en el caso de la tarifa del Tuzobús) tendrán cinco días hábiles después de la recepción de solicitudes  para determinar su factibilidad. De ser procedente el ajuste, emisión o actualización de tarifa, el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo, y los concesionarios y permisionarios, están obligados a difundir durante cinco días hábiles posteriores a la notificación, el aviso respectivo, así como colocar el nuevo tarifario en un lugar visible dentro de las unidades, lanzaderas, cierres de circuito y estaciones, según sea el caso. Transcurrido este periodo entrará en vigor las nuevas tarifas.

El Acuerdo establece como obligación la colocación del tarifario en un lugar visible dentro de las unidades de transporte y por ningún motivo se podrán cobrar tarifas distintas a las autorizadas por la autoridad competente. Respecto a los descuentos preferenciales a los adultos mayores y las personas con discapacidad, serán establecidos por los Organismos Públicos Descentralizados que regulan el transporte.

En tanto, los concesionarios o permisionarios del transporte público serán quienes podrán solicitar tarifas preferenciales o promocionales de manera temporal o eventual. Ninguna unidad que carezca de permiso o concesión para prestar servicio de transporte público, podrá replicar, portar o exhibir el tarifario autorizado.

La  revisión, actualización y establecimiento de las tarifas tiene como finalidad generar un impacto social positivo, garantizando los derechos de los usuarios ante los servicios del transporte público en la Entidad y la eficiencia en la operación. También se reconoce la necesidad de que los prestadores legalmente autorizados, tengan un equilibrio entre los costos de operación y el precio del pasaje, para evitar la competencia desleal e impactos negativos en el mantenimiento de las unidades.

Cabe recordar que a principios del año en curso, y derivado del incremento al precio de los combustibles, se generó un alza en insumos con los que opera el transporte público en la Entidad.  No obstante, el Gobierno del Estado consciente de la importancia de mantener la estabilidad en la economía de las familias, determinó no incrementar la tarifa de transporte público, estableciendo un programa de beneficios para los concesionarios.

La Secretaría de Movilidad y Transporte de Hidalgo, a cargo de Rufino H León Tovar, reitera que continuará impulsando políticas de movilidad, que preserven el derecho humano de los habitantes del Estado al desarrollo social, a la integración económica, al uso de las vías públicas y al transporte, propiciando la seguridad y accesibilidad de las personas, así como el flujo adecuado de los bienes en todo el territorio estatal de forma equitativa, enfatizando el papel que juega en el crecimiento económico de la Entidad.

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