El presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo (CDHEH), Alejandro Habib Nicolás, informó que, derivado de los   casos de linchamientos ocurridos en diferentes municipios de la entidad, emitió la primera recomendación general.

El ombudsman hidalguense, explicó que  la Comisión rechaza cualquier forma de violencia, y en este sentido, debe sancionarse a quienes violenten el marco legal vulnerando los derechos de las personas.

La recomendación general CDHEH-RG-001-18 va dirigida a los 84 presidentas y presidentes municipales, así como, a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo, siendo los derechos vulnerados tales como: Derecho a la vida, Seguridad jurídica, Integridad personal, Derecho a la libertad personal y Derecho a las garantías judiciales.

Entre las recomendaciones que hace la CDHEH se encuentran:

PRIMERA.- Se exhorta a los 84 municipios del Estado de Hidalgo a que en sesión de cabildo, generen las acciones eficaces y pertinentes a fin de cumplir con sus deberes y observancia de las disposiciones en materia de seguridad pública y justicia, en términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Convenciones y Tratados Internacionales sobre la materia, la Constitución Política del Estado de Hidalgo, la Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo así como los diferentes reglamentos y bandos municipales, remitiendo a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo las actas para las que a este efecto se realicen.

SEGUNDA. – Capacitar en materia de derechos humanos y mediación a funcionarios de la Policía Municipal y Jueces Calificadores, a partir del estudio de casos de Violencia Colectiva (Linchamientos), y se envíen las constancias con las que se acredite su cumplimiento.

TERCERA. –  Diseñar y publicar el protocolo de actuación para casos de Violencia Colectiva (Linchamiento), y en general sobre el actuar policial según lo establecido por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como por el Gobierno del Estado teniendo como marco los protocolos publicados por éste en la materia.

CUARTA. – Revisar, actualizar y publicar los Bandos de Policía y Gobierno, en los términos de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo, con respecto a la adecuación de las funciones, competencias y alcances en el desempeño de seguridad pública generando marcos normativos que contemplen el trato del fenómeno Violencia Colectiva (Linchamiento).

QUINTA. – Realizar un diagnóstico de la operatividad y efectividad de las corporaciones de policiales municipales, en un plazo no mayor a tres (3) meses, con respecto a la situación real que cuentan para la atención eficiente de posibles actos de Violencia Colectiva (Linchamientos), remitiendo ese diagnóstico a esta Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.

SEXTA. – Realizar jornadas de educación cívica y cultura de la legalidad y justicia, en un plazo no mayor a 3 (meses), dirigidas a la sociedad civil con la finalidad de difundir y concientizar la importancia de vivir dentro de la legalidad y paz social y enviar a esta Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo las constancias respectivas de las actividades.

SÉPTIMA. – Que el enlace Municipal designado ante esta Comisión de Derechos Humanos del Estado con base en las atribuciones y competencias establecidas en la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, de seguimiento puntual a las Recomendaciones dirigidas a cada Ayuntamiento con la finalidad de generar las acciones pertinentes de colaboración constante en materia de difusión de la cultura de respeto y protección de derechos humanos.

OCTAVA. – Coadyuvar de manera activa con la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo para la integración y seguimiento oportuno de las carpetas de investigación que se inicien sobre estos hechos con la finalidad de generar las condiciones necesarias para que los habitantes de los municipios se abstengan de ejercer violencia física y se conduzcan dentro del marco legal.

NOVENA. – De igual manera, el actuar de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo deberá ser contundente en este rubro, generando las medidas, investigaciones y actuaciones pertinentes para integrar las respectivas Carpetas de Investigación sobre autores materiales, intelectuales e instigadores, debiéndose determinar el grado de coparticipación, en términos de lo dispuesto en la normativa que rige la materia.

DÉCIMA. – A la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo para que, de resultar procedente de la integración de las conducentes Carpetas de Investigación, actúe en los términos de ley y sus competencias en contra de servidores públicos, por posibles actos u omisiones derivados de su función.

La recomendación será de acceso público a través de la página institucional www.cdhhgo.org siguiendo lo establecido en la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.

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